GUANAJUATO SE ENCUENTRA LISTO PARA INICIAR LA NUEVA REFORMA LABORAL.

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Lic. En Derecho José Abraham López Torreblanca

Especialista Jurídico del Centro de Conciliación Laboral para el Estado de Guanajuato.

Sede en el municipio de León, Gto.

La forma laboral ha empezado para funcionar en el mundo del trabajo en México y en el Estado de Guanajuato, esto quiere decir que la materia laboral y las relaciones laborales atraviesa un proceso de transformación. Sin embargo, esto no es nuevo, cuando se menciona a la reforma laboral en el país, una de las preguntas que aparece es ¿a cuál de todas ellas nos referimos?; Esto ocurre porque en los últimos años se introdujeron numerosas modificaciones a la Ley Federal del Trabajo (LFT). Podemos afirmar que hubo al menos seis grandes cambios que se aprobaron desde el 2018 en adelante.

La reforma laboral 2020, representa un antes y un después en materia de justicia laboral, democracia sindical y negociación colectiva. Sin dudas, también significa un importante cambio en la relación entre patrones y trabajadores. ¡Les explicare más detalles de los alcances de estas reformas!

Reforma laboral ¿qué es? Se trata de la implementación de un nuevo modelo laboral en México. El mismo se basa en la justicia, libertad y democracia en el mundo del trabajo.

Fue el 1° de mayo de 2019, cuando se publicó el decreto por el que se reformaron un importante número de disposiciones de la Ley Federal del Trabajo. La reforma laboral México se convirtió en aquel momento en una transformación histórica y profunda que el país estaba necesitando desde hacía muchos años. Sin embargo, no fue hasta el 2020 que inició el esquema transitorio de implementación gradual que se prevé concluirá en 2023. Es decir que faltarán dos años más para que se implemente en su totalidad este nuevo modelo laboral.

La reforma se basa en 3 pilares principales:

•             Nuevo sistema de justicia laboral.

•             Libertad y democracia sindical.

•             Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral.

Bajo esta reforma laboral nueva, las y los trabajadores recuperan la libertad de decidir quiénes los representan. Además, pueden tener una participación activa en la negociación de sus contratos colectivos de trabajo. Todo esto a través del voto personal, libre y secreto. De esta forma, pueden elegir tanto a sus representantes como sus condiciones laborales. Gracias a ello se elimina el antiguo método de votación a mano alzada a través de delegados. Al tiempo que se protege la libertad de los colaboradores para decidir si quieren o no pertenecer a un sindicato o de constituir uno nuevo.

Veamos en detalle qué representa cada uno de estos tres ejes para entender mejor qué es reforma laboral en México.

Ley Federal del Trabajo en México 2020, todo lo que debes saber.

Reforma laboral: nuevo sistema de justicia laboral

Como lo había mencionado antes, este es uno de los principales ejes de la reforma laboral México 2020. ¿Qué implica el nuevo sistema de justicia laboral?  Básicamente, implica que antes de iniciar un proceso de demanda judicial será obligatorio intentar alcanzar un acuerdo entre el patrón y el trabajador.

Precisamente para ello es que se crean los Centros de Conciliación Laboral, los cuales serán integrados por profesionales capacitados en resolución de conflictos. En caso de que no se logre conciliar y acercar posiciones, las partes pueden acudir a los Tribunales Laborales dependientes del Poder Judicial. Allí podrán participar de juicios orales, en presencia de un juez.

De este modo, se le pone fin a las Juntas de Conciliación y Arbitraje. Estas desaparecerán una vez que concluya la implementación de la reforma.

Así, el nuevo sistema de justicia laboral consta de dos etapas bien definidas:

•             Conciliación. La misma se regula por los artículos 684-A al 684-E de la LFT. Se trata de una instancia gratuita, imparcial y confidencial. Debido a que solo puede durar un máximo de 45 días, se garantiza que sea rápida y ágil. En caso de no lograr un acuerdo, se emitirá una constancia de no conciliación para poder iniciar un juicio ante los Tribunales Laborales competentes. Esta instancia no será necesaria en casos de discriminación, acoso y violencia laboral y violaciones a los derechos humanos.

•             Juicio. Esta etapa se regula a través de los artículos 870 al 891 de la LFT. La fase escrita consiste en la presentación y contestación de la demanda, incluyendo las pruebas; y en la admisión de réplicas y reconvenciones. En cuanto a la fase oral consiste en dos audiencias: una audiencia preliminar en la cual se cita a audiencia de juicio; y una audiencia de juicio, en la que se emite sentencia.

Reforma laboral: Libertad y democracia sindical

Otro de los ejes principales de la reforma laboral 2020 se refiere a la posibilidad de los trabajadores de decidir, sin discriminación ni represalias, su afiliación a un sindicato, el cambio o la renuncia a pertenecer a alguno de ellos.

Además, otro de los puntos clave en lo que respecta a la libertad y democracia sindical es que los trabajadores podrán participar en las decisiones más importantes del sindicato del que formen parte. Esto será a través del voto personal, libre, directo y secreto, participando en la elección de directivos y la aprobación de sus contratos laborales colectivos y sus respectivas revisiones.

Entre otras cosas, bajo este eje central de la reforma laboral, se dispone la prohibición de votaciones a mano alzada o a través de delegados. Sumado a la representación proporcional de género en la conformación de planillas. Además, en caso de irregularidades, la elección será nula y la autoridad organizará una nueva.

Por otro lado, el sindicato que pretenda negociar un contrato colectivo tendrá que acreditar previamente que cuenta con el respaldo de al menos el 30% de los trabajadores. Asimismo, el talento deberá aprobar los acuerdos negociados por su sindicato con el patrón. 

Reforma laboral: Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral.

El tercero de los ejes clave de la reforma laboral México es la conformación del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral. Se trata de un organismo público responsable de la conciliación laboral en materia federal. Además, incluye el registro sindical de asociaciones, contratos colectivos, contratos-ley y reglamentos interiores de trabajo a nivel nacional. A ello debemos agregar la verificación y seguimiento de los procesos de democracia sindical.

¿Qué características tiene este centro?

•             Autonomía e independencia. Es un organismo público descentralizado, sectorizado a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), que cuenta con personalidad jurídica y autonomía técnica y de gestión.

•             Profesionalismo. El personal de este centro es reclutado y seleccionado a través de concursos públicos y abiertos. Los mismos se efectúan respetando las políticas de diversidad e inclusión correspondientes, por lo que se garantiza el derecho a participar en igualdad de condiciones a los profesionales que lo conforman.

•             Servicio al público. Habrá oficinas de conciliación y registro en las 32 entidades federativas de México. Estas ofrecerán orientación y asesoría especializada de forma individual y colectiva. Es decir que podrán acudir a ellos los patrones, trabajadores y sindicatos.

En el Estado de Guanajuato a partir del 03 de noviembre del 2021, se pondrá en marcha el Centro de Conciliación Laboral del Estado de Guanajuato, el cual cumplirá con la función conciliatoria laboral obligatoria que deberán agotar los trabajadores y evitar llegar a juicio.

Las Juntas de Conciliación y Arbitraje desaparecerán, mientras que el Centro de Conciliación Laboral será un organismo descentralizado, tendrá una personalidad jurídica y patrimonio propios, contará con plena autonomía técnica, operativas presupuestarias, de decisión y gestión.

Tendrá cuatro sedes regionales para dar cobertura a todos los municipios de la entidad, las cuales estarán ubicadas en León, Guanajuato, Irapuato y Celaya.

El Centro de Conciliación Laboral del Estado de Guanajuato tiene la obligación de proporcionar asesoría y orientación legal gratuita a las personas que lo soliciten sobre el conflicto laboral en que se encuentren, ayudando incluso a elaborar su petición.

Por otra parte, y de manera complementaria, se ha dispuesto que normativamente existan tribunales laborales a cargo del Poder Judicial, los cuales deben entrar en operación también el primero de octubre. A esta instancia solamente podrán recurrir los trabajadores en caso de no llegar a un arreglo en la etapa previa de conciliación.

Todos los conflictos laborales que se presenten hasta el 30 de octubre, serán atendidos por las Juntas de Conciliación y Arbitraje hasta su conclusión.

El centro de Conciliación Laboral para el Estado de Guanajuato en el municipio de León Guanajuato, se encuentra ubicado en Blvd. Adolfo López Mateos 223-A-Poniente, Centro, 37000 León, Gto. Lo que anteriormente se encontraba la plaza del mariachi, López Mateos esquina avenida Miguel Alemán.

Para mayores informes pueden ingresar a la página de la Subsecretaria del Trabajo del Gobierno del Estado.

 http://sg.guanajuato.gob.mx/sstps , o al teléfono al  800-8213600.

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